Te recordamos esperar hasta que hayas cumplido 30 días corridos con licencia(s) médica(s) de reposo.
Ver Cobertura de incapacidadIMPORTANTE: El asegurado solamente podrá invocar una de las dos coberturas (Desempleo o Incapacidad Temporal), de acuerdo a la condición laboral en que se encuentre a la fecha del siniestro (desempleo o incapacidad), siempre y cuando cumpla las condiciones de cobertura. Nunca se podrá solicitar indemnización por ambas coberturas al mismo tiempo. Las coberturas nunca serán acumulables.