Estándar de Reporte Común, (CRS por su sigla en inglés) es un acuerdo firmado por Chile con la Organización para el Desarrollo Económico (OCDE). La OCDE elaboró la Norma de Información Común (CRS) que más de 100 jurisdicciones signatarias incorporaron en su legislación local entre 2016 y 2017. El objetivo de CRS es compartir la información de cuentas financieras de clientes con residencia fiscal o tributaria en alguna de las jurisdicciones suscritas a este acuerdo.
De acuerdo con CRS y con el Reglamento publicado en el Diario Oficial, a contar del 1 de julio de 2017, las instituciones financieras tienen la obligación de identificar y revisar las cuentas financieras relacionadas con personas con residencia tributaria en jurisdicciones extranjeras, enviando con consentimiento del titular, al Servicio de Impuestos Internos de Chile, información respecto de las cuentas o productos financieros mantenidos por contribuyentes de los países participantes.
Estos reportes serán puestos a disposición de las autoridades fiscales de los países adheridos.
Scotiabank Chile y sus Filiales siempre ha estado comprometido con mantener actualizada, confidencial, segura y privada, la información personal de nuestros clientes. Las instituciones financieras tienen nuevas obligaciones para identificar y recabar información tributaria de los residentes extranjeros de países dentro del acuerdo de CRS como el número de identificación tributaria (NIT) de sus clientes y sus cuentas financieras.
Scotiabank Chile y sus Filiales tienen la responsabilidad de cumplir con todas las obligaciones impuestas como resultado de la suscripción al acuerdo internacional CRS.
CRS entró en vigencia por etapas, en Chile fue a partir del 1ero de julio del 2017.
La norma le aplica a toda persona con residencia fiscal o tributaria en los países que están dentro del acuerdo, distintos de Chile y EEUU.
Toda persona jurídica que esté constituida en un país con residencia fiscal o tributaria en un país participante o siendo una entidad no financiera pasiva, sus dueños, accionistas o quienes tengan el control por otros medios presentan residencia fiscal o tributaria en un país firmante del acuerdo.
Se debe capturar el número de identificación tributaria NIT en español (TIN en sus siglas en inglés) del cliente, este número de identificación podría presentar caracteres alfanuméricos y ser de distinta extensión.
Las cuentas afectas a la norma son:
A las empresas la norma CRS la afecta de distinta forma, veamos lo siguiente:
Hay entidades fuera del alcance de la norma, estas son: Entidades Gubernamentales, Organización Internacional; Banco Central; Ciertos Fondos de Pensión; Emisor autorizado de tarjetas de crédito; Instrumentos de inversión colectiva exento. Todas estas detalladas en la BASA y siguen el flujo normal del negocio y su clasificación.
Scotiabank Chile y sus Filiales deben cumplir con todas las exigencias establecidas por los reguladores. Por lo tanto, en el caso de potenciales clientes, persona natural o jurídicas que no quieran entregar información sobre su situación tributaria, Scotiabank Chile y sus Filiales no podrán otorgarles los productos solicitados, ya que esta situación pone en riesgo de incumplimiento normativo al Banco y al Grupo Scotiabank.
Para clientes, (personas naturales o jurídicas), que durante su relación comercial con el Banco se nieguen a entregar información sobre su situación tributaria, Scotiabank Chile y sus Filiales se verán en la obligación de proceder al cierre de los productos existentes, siguiendo los protocolos establecidos en los contratos asociados a los productos contratados.
Con el único fin de cumplir con la norma CRS, Scotiabank Chile y sus Filiales mantendrán la información del cliente de manera confidencial, ésta será compartida con las autoridades fiscales locales según se solicita en junio de cada año.
Para Scotiabank, los documentos para autocertificar a los clientes personas naturales EEUU son la Ficha KYC y la BASA para personas naturales con giro y entidades jurídicas ya sea PYME, Corporate, Wholesale, etc.
Todos los clientes de Banco y Filiales por norma CRS, al 31 de diciembre de cada año se evalúan en cuanto a monto y se definen como clientes de Alto Valor para fines de CRS, esto es, clientes con un saldo de pasivos al cierre igual o mayor a US1.000.000 para personas naturales y US250.000 para personas jurídicas, los cuales serán confirmados y en caso de que apliquen se reportaran al SII en el proceso anual de certificación CRS.