FATCA | Scotiabank

Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA)

La Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativa a Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés) fue promulgada como ley en los Estados Unidos de América en marzo del 2010. Su intención es prevenir que los contribuyentes estadounidenses utilicen cuentas financieras fuera de los EE.UU. con el fin de evadir impuestos. Chile es uno de los países que firmó el acuerdo y la norma fue aplicable a partir de julio 2014.

De acuerdo con FATCA, Chile requiere que las instituciones financieras reporten anualmente, ciertas cuentas que contribuyentes estadounidenses mantengan fuera de los EE.UU. Estos reportes serán puestos a disposición directamente al Servicio de Impuestos Internos de los EE.UU. (IRS, por sus siglas en inglés).

Las instituciones financieras que no cumplan con las regulaciones de FATCA serán sujetas a un impuesto de retención del 30%, aplicable sobre diversos tipos de pagos con origen en los EE.UU. destinados a sus clientes. Adicionalmente, aquellos países que emitan regulaciones alineadas con FATCA, observarán su cumplimiento a través de sus propios organismos de regulación.

¿Qué significa esto para Scotiabank y sus clientes?

Scotiabank Chile y su Filiales siempre han estado comprometidos con mantener actualizada, confidencial, segura y privada, la información personal de nuestros clientes, nuestro cumplimiento con FATCA estará supeditado a un cumplimiento estricto del IRS, mediante la adecuada y oportuna identificación de clientes que deben ser reportados a este ente regulador.

Cumplimiento con FATCA y Registro

Scotiabank Chile y sus Filiales tiene la obligación de cumplir con todas las obligaciones impuestas por FATCA, en concordancia con las regulaciones bancarias y fiscales de la localidad correspondiente.

Scotiabank Chile y sus Filiales, como resultado de la suscripción de un acuerdo intergubernamental está sujeta al modelo 2 (IGA Model 2, por sus siglas en inglés) con los EE.UU.

¿Cuándo entran en vigencia estas normas?

FATCA entró en vigencia por etapas, a partir del 1ero de julio del 2014.

Preguntas Frecuentes FATCA

¿A quién le aplica la norma FATCA?

La norma le aplica a toda persona natural ciudadano de los EEUU.


¿Quiénes son considerados ciudadanos de EEUU?

  • Persona nacida en EEUU.
  • Que haya recibido la nacionalidad estadounidense.
  • Un residente legal de EEUU que posea una Green Card.
  • Una persona que reside en EEUU.
  • Una persona que pase cierto número de días al año en EEUU (más de 183 días en los 3 últimos años).

Toda persona jurídica que esté constituida en EEUU o siendo una entidad no financiera pasiva, sus dueños, accionistas o quienes tengan el control por otros medios tienen nacionalidad estadounidense (vea puntos anteriores).

¿Qué antecedentes debemos capturar del cliente para cumplir con la norma FATCA?

Se debe capturar el número de identificación tributaria (TIN en sus siglas en inglés) del cliente. Este para personas naturales son 9 dígitos, no trae letras ni ningún otro símbolo, sólo números.

¿Qué tipo de cuentas financieras se encuentran afectas a la norma FATCA?

Las cuentas afectas a la norma son:

  • Cuentas de depósito (cuentas corrientes, cuentas vistas, cuentas de ahorro, entre otras).
  • Cuentas de custodia o de inversiones (depósitos a plazo, fondos mutuos, renta fija/variable, cuenta de renta diaria, entre otras).
En las empresas, ¿qué antecedente se deben capturar y a qué tipo de empresas?

A las empresas la norma FATCA las afecta de distinta forma, veamos lo siguiente:

  • Empresas activas locales, dónde sus activos y/o ingresos provienen del giro del negocio, se debe clasificar según documento Scotiabank utilizado para estos efectos. No se requiere captura de TIN.
  • Empresas activas locales, dónde sus activos y/o ingresos provienen más del 50% de inversiones en instrumentos financieros, esta empresa pasa a ser una entidad financiera pasiva. En este caso, se debe solicitar la nacionalidad y país de nacimiento del accionista y/o beneficiario final que posea al menos una participación en la entidad mayor o igual al 10%, y en caso de que sea contribuyente o residente de EEUU, se debe requerir su TIN, y clasificar según documento Scotiabank utilizado para estos efectos.
  • Empresas Financieras Locales No registradas en el Servicio de Impuestos Internos de EEUU (IRS), deben completar el W8-BEN-E, clasificar según documento Scotiabank utilizado para estos efectos.
  • Empresas Financieras Locales registradas en el Servicio de Impuestos Internos de EEUU (IRS), deben entregar el GIIN, clasificar según documento Scotiabank utilizado para estos efectos.
¿Qué pasa si me niego a entregar información?

Scotiabank Chile y sus Filiales deben cumplir con todas las exigencias establecidas por los reguladores. Por lo tanto, en el caso de potenciales clientes, persona natural o jurídicas que no quieran entregar información sobre su situación tributaria en EEUU y/o su TIN, Scotiabank Chile y sus Filiales no podrán otorgarles los productos solicitados, ya que esta situación pone en riesgo de incumplimiento normativo al Banco y al Grupo Scotiabank.


Para clientes, (personas naturales o jurídicas), que durante su relación comercial con el Banco se nieguen a entregar información sobre su situación tributaria y/o su TIN de EEUU, Scotiabank Chile y sus Filiales se verán en la obligación de proceder al cierre de los productos existentes, siguiendo los protocolos establecidos en los contratos asociados a los productos contratados.

¿Qué pasa con la documentación e información que entregue?

Con el único fin de cumplir con la norma FATCA, Scotiabank Chile y sus Filiales mantendrán la información del cliente de manera confidencial, ésta será compartida con las autoridades fiscales locales en caso de que se soliciten y al IRS (servicio de impuesto interno EEUU) en marzo de cada año.

¿Qué otras consideraciones debo tener?

Si la persona natural nació o presenta nacionalidad EEUU, siempre tendrá TIN a menos que haya renunciado a esa ciudadanía, para ello el cliente debe presentar el documento “Certificate of loss of nationality of the United States” de la Embajada de los Estados Unidos.


Para Scotiabank, los documentos para autocertificar a los clientes personas naturales EEUU son la Ficha KYC y la BASA para personas naturales con giro y entidades jurídicas ya sea PYME, Corporate, Wholesale, etc.


Nuestras entidades, así como varios de nuestros clientes están registrados en el Servicio de Impuestos Internos de EEUU, se adjunta link con los números de GIIN en caso de que los necesiten: https://www.scotiabank.com/content/dam/global/document/Scotiabank_GIINs.pdf


Todos los clientes Banco y Filiales independiente su nacionalidad por norma FATCA, al 31 de diciembre de cada año se evalúan en cuanto a monto y se definen como clientes de Alto Valor para fines de FATCA, esto es, clientes con un saldo de pasivos al cierre igual o mayor a US1.000.000, los cuales serán reportados al IRS de EEUU todos los años en el mes de marzo, en caso de presentar indicios EEUU mencionados en puntos anteriores.