Seguro Desgravamen + ITP 2/3 | Scotia PYME

Seguro Desgravamen + ITP 2/3
Solicita este Seguro junto a tu Crédito Comercial.
Hazte cliente Scotia PYME aquí

Tranquilidad

En caso de fallecimiento o Invalidez Total y Permanente dos tercios, asegurando a los titulares, deudores, codeudores y/o avales de la operación del crédito.

Te protege

Pagando el saldo pendiente de la deuda del crédito en caso de Fallecimiento o Invalidez Total y Permanente dos tercios, por una enfermedad o accidente.

seguro

Información del Seguro

Desgravamen + Incapacidad Total y Permanente 2/3 PYME

Este seguro paga el saldo insoluto de la deuda en caso de:

  • Fallecimiento.
  • Invalidez total y permanente dos tercios por enfermedad o accidente.

Detalles del Seguro:

¿Cuánto Cuesta?

  • La prima será única y será el resultado de multiplicar la tasa (%), por el monto bruto del crédito y por la vigencia de este. La prima se podrá financiar dentro del mismo crédito o bien con cargo a la cuenta corriente.

POL 2 2017 0249 (Art. 4) / POL 3 2017 0081 (Art. 4)

a)Desgravamen POL 2 2017 0249:

  • Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del asegurado es consecuencia de algunas de las siguientes situaciones: a) Suicidio (ocurrido antes del año de vigencia) condenación capital, o si la perdiere en duelo o en otra empresa criminal, o si fuere muerto por sus herederos, o si el que reclama la cantidad asegurada fuere autor o cómplice de la muerte de la persona cuya vida ha sido asegurada; b) Participación en guerra internacional, guerra civil, en motín o conmoción contra el orden público; c) Situaciones o enfermedades preexistentes; d) Una infección oportunística, o un neoplasma maligno, si al momento de la muerte o enfermedad el asegurado sufría del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.

b)Invalidez Total y Permanente 2/3 POL 3 2017 0081:

  • No se efectuará el pago de las cantidades establecidas cuando la Invalidez Total y Permanente 2/3 se produzca a consecuencia, directa o indirecta, de: a) Peleas o riñas; b) Comisión de delitos y hechos deliberados (intentos de suicidio, lesiones auto inferidas). c) Participación en rebelión, revolución, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, guerra civil o internacional; d) Prestación de servicios en las Fuerzas Armadas o funciones policiales; e) Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados; f) Intoxicación o encontrarse en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico; g) Hernias y sus consecuencias; h) Embarazo, parto, aborto provocado o cualquier enfermedad relacionada; i) Enfermedades a la espalda y enfermedades de origen nervioso y/o mental. o) Situaciones o enfermedades preexistentes. * Para créditos inferiores a UF500 se levantará la exclusión del POL320170081 que hace referencia a las enfermedades preexistentes.

¿Qué hacer en caso de siniestros?

  • Comunicar a la Compañía, a Banco Scotiabank o al Corredor: Por escrito, tan pronto sea posible. Una vez que tomes conocimiento del siniestro, acércate a la sucursal más cercana o escribe un correo electrónico a siniestros@cardif.cl y denuncias.siniestros.vida@scotiabank.cl.
  • Presentación de la documentación: Los clientes podrán entregar la documentación de siniestros a través de la red de sucursales de Scotiabank a lo largo del país.
  • Plazos de presentación: Producido un siniestro, el Asegurado o Reclamante deberá presentar los documentos justificativos del mismo a la Compañía Aseguradora tan pronto sea posible desde que tomó conocimiento del siniestro. El aviso de siniestro, podrá realizarse por intermedio del Corredor mencionado en la póliza y será igualmente válido y eficaz si se utilizan medios electrónicos de conexión directa u otros análogos.

¿Quiénes pueden contratar este seguro?

Los clientes Scotiabank Pyme que soliciten un crédito comercial y que cumplan con los requisitos de asegurabilidad:

  • La edad mínima de ingreso de los Asegurados es de 18 años.
  • La edad máxima de ingreso de los Asegurados es hasta los 79 años y 364 días.
  • La edad máxima de permanencia de los Asegurados es hasta los 84 años y 364 días.