Es un seguro que otorga una indemnización en dinero de libre disposición, en el caso de:
Los clientes Scotiabank que tengan Cuenta Corriente, Cuenta Vista o Tarjeta de Crédito y que cumplan con los siguientes requisitos de asegurabilidad:
Conoce aquí el detalle de los planes del Seguro de Protección Personal
Coberturas | Eventos | Plan 1 | Plan 2 | Plan 3 | Plan 4 |
---|---|---|---|---|---|
Muerte Accidental (*) | 1 evento durante toda la vigencia del seguro | UF 1.500 | UF 2.000 | UF 1.500 | UF 2.000 |
Invalidez Total y Permanente 2/3 por accidente (*) | 1 evento durante toda la vigencia del seguro | UF 1.500 | UF 2.000 | UF 1.500 | UF 1.500 |
Renta diaria por Hospitalización por Accidente (**) | 2 eventos al año (10 días máx. por evento) | --- | --- | UF 3 diarias (tope UF 30) UCI/UTI UF 6 diarias (tope UF 60) |
UF 4 diarias (tope UF 40) UCI/ UTI UF 8 diarias (tope UF 80) |
Prima Bruta | UF 0,23 | UF 0,25 | UF 0,30 | UF 0,36 |
*El tope para estas coberturas será el capital asegurado de acuerdo al plan contratado.
**Deducible de 1 día por evento.
Dentro de los beneficios de la asistencia, se encuentran los siguientes servicios:
Para coordinar y hacer uso del Servicio de la Asistencia, podrás llamar al 600 363 0135 y desde celulares +56 22 433 4738.
Muerte Accidental: Cubre en el caso que el asegurado fallezca a causa de un accidente (*).
Invalidez total y permanente dos tercios por accidente: Cubre en el caso que el asegurado sufra la pérdida irreversible y definitiva, a consecuencia de un accidente, del debilitamiento de las fuerzas físicas o intelectuales de al menos dos tercios de la capacidad para hacer su trabajo.
Renta diaria por hospitalización por accidente: Cubre en el caso que el asegurado deba ser hospitalizado a causa de un accidente, por un período mayor a un día, contados desde el inicio de la hospitalización.
* Accidente: Es todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, debidamente acreditado, causado por medios externos y de un modo violento que afecte al organismo del asegurado.
No se efectuará el pago del Monto Asegurado, cuando la muerte accidental o la Invalidez Total y Permanente 2/3 por Accidente o la hospitalización por Accidente del Asegurado se produzca como consecuencia de:
a) Guerra, declarada o no, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas.
b) Lesiones auto-inferidas, atentados contra su propia vida, automutilación o autolesión, o por lesiones inferidas al Asegurado por terceros con su consentimiento, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
c) Encontrarse el Asegurado bajo los efectos de drogas y/o alcohol y demás sustancias de efectos análogos o similares y cualquier lesión derivada de dicha ingestión, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
d) Terremotos sobre 8 grados en escala de Mercalli (Según “Servicio Sismológico del Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile”).
e) Participación del Asegurado en fuerzas militares o policiales.
f) Participación del Asegurado o sus beneficiarios en actos delictuales en calidad de autor, cómplice o encubridor. Las riñas también serán excluidas, excepto que haya sido en legítima defensa.
g) Participación activa del Asegurado en actos de rebelión, revolución, sublevación, asonada, motín, conmoción civil, subversión incluidos los actos terroristas entendiéndose por acto terrorista toda conducta calificada como tal por la ley, así́ como el uso de fuerza o violencia o la amenaza de ésta motivado por causas políticas, religiosas, ideológicas o similares, con la intención de ejercer influencia sobre cualquier gobierno o de atemorizar a la población, o a cualquier segmento de la misma.
h) Participación en carreras, apuestas o competencias (remuneradas o no).
La contratación de estos Seguros es de carácter voluntario. Usted puede retractarse si la contratación la efectuó por un medio a distancia. Además, usted puede terminar los seguros voluntarios anticipadamente en cualquier momento, independiente del medio utilizado para su contratación.
Exclusivo para Clientes Scotiabank, domiciliados en el territorio nacional de la República de Chile. Intermedia Scotia Corredora de Seguros Chile Ltda. y los riesgos del seguro singularizado previamente se encuentran cubiertos por BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. que se reserva el derecho de agregar o modificar los beneficios adicionales del seguro Protección Personal, lo cual será notificado a los asegurados. La información presentada es solo un resumen del Seguro de Protección Personal, Póliza N° 121107466. Las coberturas, condiciones y exclusiones se rigen según lo dispuesto en las condiciones generales depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo los Códigos Muerte Accidental (POL 3 2020 0085, Artículo 3, Letra A), Invalidez Total Y Permanente Dos Tercios (2/3) Por Accidente (POL 3 2020 0085, Artículo 3, Letra B), Renta Diaria por Hospitalización por Accidente, (POL 3 2020 0085, Artículo 3, Letra C). Las contrataciones entregarán 1 prima sin costo. Una vez que reciba su certificado de cobertura, el asegurado tiene 10 días para retractarse de la contratación del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, lo que implica la devolución de las primas o de la parte de ellas que hubiere pagado. Podrá ejercerlo llamando al teléfono 600 600 1100 o por escrito en las sucursales de Scotiabank, Paribas Cardif Seguros de Vida S.A. Este derecho no podrá ser ejercido si se ha verificado un siniestro. UF calculada al 01/10/2024 equivalente a $37.914,20. Infórmese sobre la garantía estatal de los depósitos de su banco o en www.cmfchile.cl.