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  • Protege en caso de daños o muerte por hasta US $40.000.
  • Obligatorio para ingresar en auto a Argentina.

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¿Qué es el Seguro RCI?

El Seguro de Responsabilidad Civil Internacional (RCI), conocido también como Seguro Mercosur, es un requisito si te vas a desplazar en auto desde Chile a otros países como Argentina, Perú, Bolivia, Brasil, Paraguay, Uruguay. Este seguro está orientado a proteger a los conductores que se desplacen en dichos países ante eventuales accidentes en el extranjero, cubriendo los daños ocasionados dentro de la vigencia de la póliza.

¿Qué no cubre el Seguro RCI?

El Seguro RCI no cubre reclamos relativos a responsabilidades provenientes de:
  • (1) Dolo o culpa grave del asegurado.
  • (2) Radiaciones ionizantes o cualquier otro tipo de emanación surgidas en el transporte de materiales de fusión o sus residuos.
  • (3) Hurto, robo o apropiación indebida o cualquier daño sufrido por el vehículo asegurado.
  • (4) Intento del asegurado, propietario o conductor de obtener beneficios ilícitos del seguro al que este contrato se refiere.
  • (5) Actos de hostilidad o de guerra, rebelión, insurrección, revolución, confiscación, nacionalización, destrucción o solicitud proveniente de cualquier acto de autoridad de hecho o derecho, civil o militar y, en general, todo y cualquier acto o consecuencia de esos hechos, como también actos practicados por cualquier persona actuando en nombre de o en relación con cualquier organización, cuyas actividades consistan en derrocar por la fuerza al gobierno o instigar su derrocamiento por la perturbación del orden público o social del país por medios de actos de terrorismo, guerra revolucionaria, subversión o guerrilla; tumulto popular, huelga, lockout.
  • (6) Multas y/o fianzas.
  • (7) Gastos y honorarios incurridos en juicios o procesos penales.
  • (8) Daños provocados al asegurado, sus ascendientes, descendientes, colaterales o cónyuge, así como cualquier persona que resida con él o que de él dependa económicamente.
  • (9) Conducción del vehículo por persona sin la habilitación legal correspondiente para el vehículo asegurado.
  • (10) Cuando el vehículo se encuentre destinado a fines diferentes de los permitidos.
  • (11) Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona en estado de embriaguez o bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibitorios, alucinógenos o somníferos. Se excluye también la responsabilidad asumida cuando el conductor se niegue a que se le realice la prueba de embriaguez, habiendo sido la misma requerida por autoridad competente.
  • (12) Los daños a puentes, balanzas, viaductos, carreteras y a todo lo que pueda existir arriba o debajo de los mismos, debido al peso o dimensión del vehículo, que contraríen las disposiciones legales o reglamentarias.
  • (13) Comprobación de que el asegurado o cualquier otra persona operando por su cuenta obstruye el ejercicio de los derechos de la entidad aseguradora establecida en esta póliza.
  • (14) Daños ocasionados como consecuencia de carreras, picadas o competencias de cualquier naturaleza de las que participe el vehículo asegurado, o sus actos preparatorios.
  • (15) Daños a bienes de terceros en poder del asegurado para guarda o custodia, uso, manipulación o ejecución de cualquier trabajo.
  • (16) Accidentes ocurridos por exceso de capacidad, volumen, peso o dimensión de la carga, que contraríen las disposiciones legales o reglamentarias.

En los casos de las cláusulas de exclusión de los números (9) y (11), la compañía aseguradora pagará las indemnizaciones correspondientes, dentro de los montos asegurados, subrogándose en los montos respectivos contra los asegurados y/o todos los que civilmente sean responsables por el daño y en todas las acciones y derechos que correspondan al indemnizado.

¿Qué cubre el Seguro RCI?

La cobertura de este seguro puede activarse en estos 3 escenarios:
  • Siniestros y daños causados por el automóvil asegurado, que tendrá que ser necesariamente un vehículo de paseo particular o de alquiler, no patentado en el país de ingreso (en este caso Chile).
  • Accidentes generados por objetos transportados en el auto, en el lugar destinado para tales fines.
  • Accidentes causados por remolque detallado en este seguro, cuando se encuentre acoplado al mismo vehículo asegurado, siempre que la autoridad competente autorice y reglamente su utilización y se haya pagado la prima adicional correspondiente.

También llamado Seguro Mercosur, su cobertura contempla daños materiales y/o personales causados a terceros no transportados por el automóvil asegurado. El Seguro RCI tiene cobertura para los países integrantes del MERCOSUR (Uruguay, Argentina y Brasil) y solamente respecto a los hechos ocurridos fuera del territorio nacional del país de matriculación del vehículo.

Características del Seguro RCI


Viaja en auto a los países Mercosur y te brindaremos las siguientes coberturas:

  • Cobertura en caso de muerte y/o daños personales: US$40.000 por persona, límite máximo US$200.000.
  • Daños materiales US$20.000 por tercero, límite máximo US$40.000.
  • Los honorarios de los abogados y los gastos incurridos para la defensa del asegurado no están comprendidos en los límites establecidos para las sumas aseguradas anteriormente. En cuanto a los honorarios de los abogados, se limitan al 50% del valor de la indemnización pagada al asegurado.

El Seguro RCI solamente es válido cuando los hechos ocurren en el país en donde está matriculado el vehículo.

¿Qué no cubre el Seguro RCI?

¿El Seguro RCI no cubre reclamos relativos a responsabilidades provenientes de:

  • (1)Dolo o culpa grave del asegurado.
  • (2)Radiaciones ionizantes o cualquier otro tipo de emanación surgidas en el transporte de materiales de fusión o sus residuos.
  • (3)Hurto, robo o apropiación indebida o cualquier daño sufrido por el vehículo asegurado.
  • (4)Intento del asegurado, propietario o conductor de obtener beneficios ilícitos del seguro al que este contrato se refiere.
  • (5)Actos de hostilidad o de guerra, rebelión, insurrección, revolución, confiscación, nacionalización, destrucción o solicitud proveniente de cualquier acto de autoridad de hecho o derecho, civil o militar y, en general, todo y cualquier acto o consecuencia de esos hechos, como también actos practicados por cualquier persona actuando en nombre de o en relación con cualquier organización, cuyas actividades consistan en derrocar por la fuerza al gobierno o instigar su derrocamiento por la perturbación del orden público o social del país por medios de actos de terrorismo, guerra revolucionaria, subversión o guerrilla; tumulto popular, huelga, lockout.
  • (6)Multas y/o fianzas.
  • (7)Gastos y honorarios incurridos en juicios o procesos penales.
  • (8)Daños provocados al asegurado, sus ascendientes, descendientes, colaterales o cónyuge, así como cualquier persona que resida con él o que de él dependa económicamente.
  • (9)Conducción del vehículo por persona sin la habilitación legal correspondiente para el vehículo asegurado.
  • (10)Cuando el vehículo se encuentre destinado a fines diferentes de los permitidos.
  • (11)Cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona en estado de embriaguez o bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibitorios, alucinógenos o somníferos. Se excluye también la responsabilidad asumida cuando el conductor se niegue a que se le realice la prueba de embriaguez, habiendo sido la misma requerida por autoridad competente.
  • (12)Los daños a puentes, balanzas, viaductos, carreteras y a todo lo que pueda existir arriba o debajo de los mismos, debido al peso o dimensión del vehículo, que contraríen las disposiciones legales o reglamentarias.
  • (13)Comprobación de que el asegurado o cualquier otra persona operando por su cuenta obstruye el ejercicio de los derechos de la entidad aseguradora establecida en esta póliza.
  • (14)Daños ocasionados como consecuencia de carreras, picadas o competencias de cualquier naturaleza de las que participe el vehículo asegurado, o sus actos preparatorios.
  • (15)Daños a bienes de terceros en poder del asegurado para guarda o custodia, uso, manipulación o ejecución de cualquier trabajo.
  • (16)Accidentes ocurridos por exceso de capacidad, volumen, peso o dimensión de la carga, que contraríen las disposiciones legales o reglamentarias.

En los casos de las cláusulas de exclusión de las letras (9) y (11), la compañía aseguradora pagará las indemnizaciones correspondientes, dentro de los montos asegurados, subrogándose en los montos respectivos contra los asegurados y/o todos los que civilmente sean responsables por el daño y en todas las acciones y derechos que correspondan al indemnizado.

Características

¿Qué es el Seguro RCI?

  • El seguro de Responsabilidad Civil, está orientado a proteger a los conductores ante la eventualidad de accidentes ocurridos en el extranjero, y funciona de la misma manera que el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales SOAP. En este sentido, el seguro RCI cubre los montos por los que el conductor del vehículo asegurado sea civilmente responsable, ocurridos dentro de la vigencia de la póliza.
  • Cobertura en caso de muerte y/o daños personales: US$40.000 por persona, límite máximo US$200.000.
  • Daños materiales US$20.000 por tercero, límite máximo US$40.000.
  • Los honorarios de los abogados y los gastos incurridos para la defensa del asegurado no están comprendidos en los límites establecidos para las sumas aseguradas anteriormente. En cuanto a los honorarios de los abogados, se limitan al 50% del valor de la indemnización pagada al asegurado.

¿Qué hacer en caso de Siniestro?

Ante un siniestro cubierto po el Seguro RCI, es obligatorio que el asegurado cumpla las siguientes dosposiciones:

  • Deberá notificar por escrito a la entidad aseguradora o a su representante local de la ocurrencia del siniestro dentro de los cinco días hábiles después de haberse producido el hecho.
  • Entregar a la entidad aseguradora o a su representante local dentro de los tres días de su recepción, cualquier reclamo, intimidación, carta o documento que reciba, relacionado con lo ocurrido (siniestro).
  • Para realizar el denuncio escrito en la compañía deberá descargar en la página Web (www.zenitseguros.cl), el “Formulario de Denuncio de Siniestro RCI”. Dicho formulario deberá completarlo, firmarlo y enviarlo a la siguiente dirección de correo electrónico: infozenit@zenitseguros.cl (Recordar que en el asunto del correo electrónico deberá indicar: Denuncio de siniestro RCI “País”).
  • Si desea comunicarse con su compañía de Seguros, puede contactarse directamente con al número:(+56) 02-28626280.
  • Asimismo, deberá entregar a la entidad aseguradora o a su representante local dentro de los tres días de su recepción, cualquier reclamo, intimidación, carta o documento que reciba, relacionado con lo ocurrido (siniestro).
  • Debe hacer contacto con el representante de Transportista y del Asegurador del país donde ocurrió el hecho.

Conoce más de la asistencia del Seguro Automotriz en Preguntas Frecuentes.

    • Argentina: HDI Seguros | Tte. Gral. Juan D. Perón 650 5°Piso (C1038AAN) Buenos Aires. Tel.(5411) 5300 3300
    • Brasil: Azul Seguros Brasil | Av. Rio Branco 80 Andar 15-A019 Rio de Janeiro. Tel.(55)(21) 22036622
    • Uruguay: HDI Seguros | Misiones N°1549 , Montevideo, Uruguay. Tel.(598) (2) 916-08-50

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