APV - Ahorro Previsional Voluntario | Scotia

APV: Ahorro Previsional Voluntario
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APV: Ahorro Previsional Voluntario

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¿Qué es un APV?

El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro que permite complementar las cotizaciones que se efectúan en las AFP o INP, con la finalidad de anticipar la edad de jubilación o el de aumentar el monto de pensión de las personas. Para contratar tu APV en nuestro sitio, primero debes ser cliente del banco.

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quienes pueden tener un apv

¿Quiénes pueden tener un Ahorro Previsional Voluntario?

Los usuarios que pueden contar con un APV son los siguientes:

  • Todo trabajador dependiente o independiente, que tenga cotizaciones en una AFP o INP y desee mejorar sus condiciones pensión.
  • El trabajador dependiente, puede cotizar en un Ahorro Previsional Voluntario obteniendo beneficios tributarios al rebajar su base imponible en hasta 50 UF mensuales o 600 UF anuales. (Contribuyentes Art. 42 N°1 de la ley sobre impuesto a la Renta). Los trabajadores independientes (Boletas de Honorarios), pueden rebajar de su base imponible obteniendo un APV, en hasta UF 8.33 por cada UF de cotización obligatoria con un tope de 600 UF anuales. (Contribuyentes Art. 42 N°2 de la Ley sobre Impuestos de la Renta).
  • Los empresarios Individuales, socios de sociedades de personas, socios gestores de sociedades en comanditas por acciones por los sueldos empresariales asignados o pagados, pueden ahorrar con beneficios tributario hasta el monto en UF que representen las cotizaciones obligatorias realizadas. (Contribuyentes Art. 31 N°6, inciso tercero, de la Ley sobre impuesto a la Renta).

Si ya eres cliente Scotia, contacta a un Asesor de Inversiones y APV.

¿Cómo funciona un APV?

El APV es una herramienta de ahorro pensado para una mejor pensión. los Ahorros Previsionales Voluntarios funcionan cuando el trabajador está afiliado y realiza cotizaciones previsionales a través de una AFP o IPS.

Además se debe suscribir un contrato de aporte con Scotiabank, una de las instituciones autorizadas para ofrecer este tipo de productos de ahorro.

Asimismo se debe estipular el monto mensual que se desea ahorrar, el cual puede estar en pesos o UF. Generalmente se realiza una subscripción a un descuento directo desde la planilla de pago, así el ahorro se vuelve un proceso automático todos los meses.

Beneficios Tributarios de un APV

Los beneficios tributarios de una Cuenta APV se dividen de acuerdo al régimen tributario, estos se evidencian de la siguiente manera:

Régimen A:

El trabajador que no hace uso del beneficio tributario al momento de aportar recursos de Ahorro Previsional Voluntario (APV). Esta opción te entregará una bonificación anual de un 15% del monto ahorrado, con un tope de 6 UTM, y solo tributará por la rentabilidad de dichos recursos al momento del retiro de los fondos.

Régimen B:

El trabajador hace uso del beneficio tributario al momento de aportar recurso al plan de Ahorro Previsional Voluntario (APV). Esto implica que los aportes de los trabajadores se descontarán de la base imponible para el cálculo del impuesto a la renta. Como contrapartida, pagará impuesto al momento del retiro en base al impuesto único.

Depósito Convenido:

El monto ahorrado no constituye renta, por ende queda libre de impuestos hasta el momento del rescate de la jubilación. Tope anual UF 900 adicionales al Régimen B.

¿Cómo disponer del APV?

Los ahorros acumulados por concepto de APV se destinan a mejorar las pensiones o a anticipar la jubilación, estos los puedes disponer de la siguiente manera:

  • Se autoriza el retiro de los depósitos del APV antes de pensionarse, pudiendo realizar el giro cuando lo desees, ya sea para adelantar la jubilación, por cesantía o lo que necesites. En el caso de los ahorros acogidos a la letra b) del artículo 20 L del DL 3.500, será gravado con el impuesto único a que se refiere el N°3 del artículo 42 bis de la Ley de la Renta.
  • Cabe hacer presente que si el trabajador retira los aportes sin estar pensionado o cumplir con los requisitos para pensionarse anticipadamente, la tasa de impuesto estará afecta a un recargo porcentual que fluctúa entre el 3% y el 7% al momento de retirarlos.
  • Los retiros de los depósitos de la Cuenta APV acogidos a la letra a) del artículo 20 L del DL 3.500 tributarán por la rentabilidad real al momento de cada operación. Además, se descontará de la cuenta bonificación el equivalente al 15% del retiro de los aportes. Los fondos acumulados de Depósitos de APV y Depósitos Convenidos pueden retirarse como excedente de libre disposición al momento de pensionarse. Este dinero lo puedes utilizar para lo que desees y está libres de impuesto hasta un tope de 200 UTM por año, retirados en un máximo de seis años o de 800 UTM retirados en solo año.

Preguntas frecuentes

¿Para qué se usa el Ahorro Previsional Voluntario?

El Ahorro Previsional Voluntario se usa como apoyo para mejorar la pensión de la persona, brinda la posibilidad de ahorrar sobre lo ya cotizado en su AFP tanto a dependientes como independientes y permitirá aumentar sus pensiones o tener una jubilación anticipada, al completar las cotizaciones obligatorias con los aportes del APV o para compensar las semanas no cotizadas obligatoriamente. Te ayudará a tener una jubilación más tranquila y con mejor respaldo para cualquier eventualidad.

¿Qué régimen de Ahorro Previsional Voluntario me conviene?

Dependerá de la renta que poseas:

  • Régimen A: Si su renta líquida mensual es menor a $2.100.000 aproximadamente.
  • Régimen B: Si su renta líquida mensual es mayor a $2.100.000 aproximadamente, o quiere ahorrar más de $130.000 mensuales.
¿Puedo retirar dinero de mi Cuenta APV?
  • Régimen A: Sí, puedes rescatar el fondo ahorrado, pero pierdes la bonificación fiscal.
  • Régimen B: Sí, puedes rescatar, pero la administradora retendrá el 15% del rescate, para el pago de la sobretasa del impuesto global complementario.
  • Depósito convenido: No se puede rescatar hasta la jubilación.
¿Cómo hacer retiros de mi APV?

En el caso de los ahorros acogidos a la letra b) del artículo 20 L del DL 3.500, será gravado con el impuesto único a que se refiere el N°3 del artículo 42 bis de la Ley de la Renta.

Cabe hacer presente que si el trabajador retira los aportes sin estar pensionado o cumplir con los requisitos para pensionarse anticipadamente, la tasa de impuesto estará afecta a un recargo porcentual que fluctúa entre el 3% y el 7% al momento de retirarlos.

Los retiros de los depósitos de ahorro voluntario acogidos a la letra a) del artículo 20 L del DL 3.500 tributarán por la rentabilidad real al momento de cada operación. Además, se descontará de la cuenta bonificación el equivalente al 15% del retiro de los aportes. Los fondos acumulados de Depósitos de Ahorro Voluntario y Depósitos Convenidos pueden retirarse como excedente de libre disposición al momento de pensionarse. Este dinero lo puedes utilizar para lo que desees y está libres de impuesto hasta un tope de 200 UTM por año, retirados en un máximo de seis años o de 800 UTM retirados en solo año.

¿Existe tope de ahorro en mi APV?

Sí existe tope de ahorro en tu APV, pero dependerá del régimen al que estés suscrito:

  • Régimen A: El Régimen A tiene un tope de 6UTM anuales. ($283.000 aproximadamente).
  • Régimen B: El Régimen B posee un tope anual de ahorro de UF600.
  • Depósito Convenido: Los Depósitos convenidos poseen un tope anual de ahorro deUF900.
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